jueves, 3 de noviembre de 2016

Reg. Prop. Intelectual N° 119-414


Que busca Tributo a un padre...


Con la Historia de Pelarco y 

Crónicas de Lautaro Vivar Encina la cual fue una recopilacion Ordenada por el Ministerio de Educacion                                que ordena la elaboracion de un catastro hacer un catastro de  documentos historicos de todas las Comunas de Chile que en el caso particular de Pelarco fuimos varios en especial el suscrito que aportamos la informacion a la Comuna y no a quien la recaudo y proceso de mala forma y menos aun a sus deudos para que ofendan gratuitamente  en http://pelarco.blogspot.cl/ mencionan los deudos como 

Si desea utilizar parte de lo publicado en este blog, debe solicitar permiso y citar la fuente. Para nuestra familia ya fue particularmente desagradable que un pseudo-historiador -que difícilmente terminó su secundaria- hace unos años, copiara textualmente los escritos de mi padre y se los atribuyera y aún más fuera mencionado en una publicación del Diario El Mercurio como "Historiador de Pelarco". El contenido de este blog, como se señala en su título, está protegido con un registro de propiedad intelectual, y no titubearemos en usar las acciones legales que corresponda de existir publicaciones sin su cita correspondiente.
Los orginales de las publicaciones fueron realizados en una máquina de escribir. Lo que aquí se encuentra publicado, es la digitalización de esos escritos y no está completamente editado, podría contener errores de tipografía.

jueves, diciembre 01, 2005


Respecto a tal inscripción esta no procede ya que el articulo 8 y 88 de la Ley de Propiedad Intelectual  dice:

Artículo 8°- Se presume autor de una obra, salvo  prueba en contrario, a quien aparezca como tal al  divulgarse aquélla, mediante indicación de su nombre,  seudónimo, firma o signo que lo identifique de forma usual,  o aquélla quien, según la respectiva inscripción,  pertenezca el ejemplar que se registra.

Artículo 88. El Estado, los Municipios, las Corporaciones oficiales, las Instituciones semifiscales o autónomas y las demás personas jurídicas estatales serán titulares del derecho de autor respecto de las obras producidas por sus funcionarios en el desempeño de sus cargos.

Obra en mi poder el trabajo original con membrete fiscal: y mención extensa de las motivaciones que por cierto no fueron personales ni particulares y formaron parte por lo tanto de su trabajo, por el cual le pago el municipio de Pelarco con creces y es a este a quien pertenecen los derechos intelectuales y comerciales, por cuanto fueron a este entregados por manos de un buen o mal recaudador.

Si el Municipio de Pelarco no a restituido los derechos que le pertenecen es un simple abandono de deberes de sus autoridades que buscan hacer mayonesa sin quebrar huevos y han comprobado que en esta democracia simulada es mejor andar de tonto por la vida o mas administrar una cara tonto da mas que un fundo como dice la costumbre.

Para todos los fines judiciales a quien pretenda conocerme en los tribunales de justicia debe notificarme en mi domicilio conocido Cal y Canto de Pelarco y citarme a cualquier tribunal de mi jurisdiccional o si prefiere de la jurisdiccional de esta Comuna materia de su Historia.





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